miércoles, 22 de enero de 2020

LOS PARQUES NACIONALES: CABAÑEROS, por Miguel Ángel Monteagudo



Los parques nacionales constituyen un referente no sólo en su forma de hacer conservación sino también en su manera de gestionarse y de implicar a la sociedad en sus actividades. La implicación del Estado en estos espacios y su singularidad hace que se les haya dotado de un marco normativo propio y específico, constituido por la Ley de Parques Nacionales y sus instrumentos de desarrollo, así como las leyes declarativas de cada parque. Este hecho los singulariza del resto de los espacios naturales protegidos regulados por su normativa sectorial y los dota de sus propios instrumentos de gestión, planificación, participación social, así como con una imagen propia, una marca que los identifica y resalta el valor y apreciación social que merecidamente han cosechado1.


Adopta el ritmo de la naturaleza; su secreto es la paciencia (Ralph Waldo Emerson) 

La declaración de Parque Nacional, se realiza por Ley de las Cortes Generales. Tal declaración implicará la inclusión del Parque en la Red de Parques Nacionales de España, que es el sistema integrado tanto por aquellos espacios declarados Parques Nacionales, como por su marco normativo básico y el sistema de relaciones necesario para su funcionamiento.

La declaración como Parque Nacional de un espacio natural requerirá que previamente haya sido elaborado y aprobado por la Comunidad Autónoma respectiva un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales en el que, como mínimo, se encuentre incluido dicho espacio natural y su área de protección. En todo caso, estos Planes han de ajustarse a las directrices que el Ministerio de Medio Ambiente, con la participación de las Comunidades autónomas, elaborará, en el marco del Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, para la ordenación de los recursos naturales1.

Entre las múltiples opciones que nos presenta nuestra zona (Ciudad Real -Castilla La Mancha-), están las visitas a distintos entornos naturales, unos conocidos de manera internacional y otros por un grupo de privilegiados. La mayoría de los lugares que podemos visitar no necesitan de ningún trámite administrativo para el acceso a los mismos. Basta con llegar hasta el lugar que queremos visitar, e iniciar la visita. Para otros, sin embargo, es necesario realizar unos trámites administrativos que permitan el acceso a estos sitios. Ponemos como ejemplo los trámites necesarios para acceder al Parque Nacional de Cabañeros.

Si deseamos visitar el parque como una actividad más de nuestra clase dentro de nuestra programación académica, la mejor opción es contactar con el Centro Administrativo y reservar día para realizar una visita guiada. Informaremos del número de alumnos, la fecha prevista, y el tiempo del que disponemos para realizarla.

Datos de contacto Nacional de Cabañeros
Oficinas del Parque Nacional:
Centro Administrativo y de reservas de senderos guiados
Crta. Abenójar-Torrijos, s/n
13194 Pueblo Nuevo del Bullaque
(Ciudad Real)
Tel.: 926783297    
Fax: 926783484
Email: icabaneros@oapn.es
Horario:      Junio-septiembre 9 a 21,
                    Octubre-marzo 9 a 19,
                    Abril-mayo 9 a 20.

Miguel Ángel Monteagudo




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